Tributario
DIFERENCIA EN CAMBIO ACEPTADA PARA EFECTOS FISCALES

DIFERENCIA EN CAMBIO ACEPTADA PARA EFECTOS FISCALES

A partir del año 2017 los contribuyentes enfrentan demasiadas dificultades para poder determinar la diferencia en cambio aceptada fiscalmente para efectos del Impuesto sobre la renta. La principal razón del problema son las disposiciones en esta materia contempladas en la Ley 1819 de 2016.

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EL CONTROL JURISDICCIONAL EN EL COBRO COACTIVO

EL CONTROL JURISDICCIONAL EN EL COBRO COACTIVO

En los artículos 823 al 843-2 del Estatuto Tributario se encuentra la regulación del procedimiento de cobro coactivo de deudas a cargo de la administración de impuestos, dichas normas establecen que el funcionario competente para exigir el cobro coactivo puede producir el mandamiento de pago ordenando la cancelación de las obligaciones pendientes junto con los intereses respectivos, previa notificación al deudor en los términos que señale el reglamento para el efecto (citación personal, notificación por correo certificado o publicación en diario de amplia circulación o en la página web de la entidad).

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LOS INGRESOS BAJO NIIF SON BASE GRAVABLE DEL IVA Y DEL ICA?

LOS INGRESOS BAJO NIIF SON BASE GRAVABLE DEL IVA Y DEL ICA?

 

Consideramos conveniente despejar las dudas que existen sobre los ingresos que deben tomar como base del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) y del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), los sujetos pasivos obligados a llevar contabilidad aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), a partir del año gravable 2017.

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NUEVAS REGLAS PARA LA SOLUCION DE CONFLICTOS DE LA INVERSION DE CAPITALES DEL EXTERIOR EN COLOMBIA Y LAS INVERSIONES COLOMBIANAS EN EL EXTERIOR

NUEVAS REGLAS PARA LA SOLUCION DE CONFLICTOS DE LA INVERSION DE CAPITALES DEL EXTERIOR EN COLOMBIA Y LAS INVERSIONES COLOMBIANAS EN EL EXTERIOR

En enero de 2017 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público profirió el Decreto 119 de enero 26 por medio del cual se modificó el Decreto 1068 de 2015 en lo relacionado con el régimen general de la inversión de capitales del exterior en Colombia y de las inversiones colombianas en el exterior

Dentro de los importantes cambios introducidos en el Decreto anteriormente referido, tenemos que el concepto de residencia para efectos cambiarios fue actualizado y dentro de la definición de no residente se incluyó a otras entidades que no tengan personería jurídica ni domicilio dentro del territorio nacional. Igualmente se generaron nuevas reglas para los apoderados de inversionistas extranjeros y se ajustaron las normas aplicables al registro de las inversiones internacionales en el Banco de la República.