Desde el 05 de agosto de 2022, la DIAN cuenta con facultades para facturar el Impuesto de Renta y Complementarios a los contribuyentes y notificarlos.
El artículo 14 de la Ley 2155 de 2021 adicionó el artículo 616-5 al Estatuto Tributario, mediante el cual se autorizó a la DIAN a facturar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios como determinación oficial de dicho impuesto y la cual prestará mérito ejecutivo. Es por esto por lo que la DIAN emitió la Resolución 1212 el 5 de agosto del año en curso.
Aug 31
2022

