Tributario
El deber tributario en la reforma ¿juego de niños o silencio turbio en un juego de niños?

El deber tributario en la reforma ¿juego de niños o silencio turbio en un juego de niños?

El silencio turbio, con el tiempo se convierte en preguntas sin respuestas, dejando todo al azar y esta reforma es coyuntural, reactiva como todas las anteriores, y este proyecto de ley no puede seguir siendo un juego de niños ni puede seguir fundada en el silencio, ¿Cómo puede presentarse un proyecto de reforma tributaria con el título de igualdad y justicia social, si lo primero que hace es quitarle el empleo a los que lo necesitan? y, ¿Cómo se pueden reivindicar derechos, sí lo primero con lo que se atenta es contra el derecho mismo a las empresas a generar empleo, contribuyendo al desarrollo económico?

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Desde el 05 de agosto de 2022, la DIAN cuenta con facultades para facturar el Impuesto de Renta y Complementarios a los contribuyentes y notificarlos.

Desde el 05 de agosto de 2022, la DIAN cuenta con facultades para facturar el Impuesto de Renta y Complementarios a los contribuyentes y notificarlos.

El artículo 14 de la Ley 2155 de 2021 adicionó el artículo 616-5 al Estatuto Tributario, mediante el cual se autorizó a la DIAN a facturar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios como determinación oficial de dicho impuesto y la cual prestará mérito ejecutivo. Es por esto por lo que la DIAN emitió la Resolución 1212 el 5 de agosto del año en curso. 

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LA REFORMA TRIBUTARIA DEL GOBIERNO PETRO

LA REFORMA TRIBUTARIA DEL GOBIERNO PETRO

En esta editorial analizaremos los posibles impactos de la reforma, tanto para las personas naturales, como para las empresas y en cada caso mencionaremos aspectos positivos, negativos, y aspectos por mejorar, desde el punto de vista del recaudo de impuestos, generación de empleo, tejido empresarial y disminución de la pobreza.