El Decreto 111 de 1996, tal como lo expresa en su contenido, es el encargado de la compilación de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, las cuales conforman el Estatuto Órganico del Presupuesto en Colombia, dicho decreto en su artículo 11 establece que el Presupuesto General de la Nación se compone de un presupuesto de rentas, un presupuesto de gastos o ley de apropiaciones y disposiciones generales que corresponden a las normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del presupuesto general de la Nación, que solo rigen para el año fiscal en el cual se expiden; igualmente se establecen una serie de principios del sistema presupuestal como son: planificación, anualidad, universalidad, unidad de caja, programación integral, especialización, inembargabilidad, coherencia macroeconómica y la homeóstasis, consistente este último en que el crecimiento real del presupuesto de rentas debe guardar congruencia con el crecimiento de la economía, de tal modo que no haya desequilibrio macroeconómico.