La debida diligencia de las fiduciarias en la verificaci
Los contratos de fiducia inmobiliaria son unos de los aspectos de mayor importancia y auge dentro del negocio de la construcción. El artículo 1226 del Código de Comercio define la fiducia mercantil como un negocio jurídico, en virtud del cual el fideicomitente transfiere uno o varios bienes especificados al fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir con una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un beneficiario. De acuerdo con esta definición, una fiducia inmobiliaria se puede definir como un negocio fiduciario en virtud del cual se transfiere un bien inmueble a una sociedad fiduciaria para que administre y desarrolle un proyecto inmobiliario, con base en las instrucciones dadas mediante un contrato y transfiera las unidades construidas a quienes resulten beneficiarios del respectivo contrato. Desde esta perspectiva y tratándose de productos fiduciarios vinculados al desarrollo de productos inmobiliarios podríamos identificar principalmente tres esquemas, a saber: i) de preventas, ii) de participaciones fiduciarias y iii) de administración y pagos.
Feb 23
2021