PRIMA DE SERVICIOS
Recordemos que todo empleador (persona natural o jurídica) tiene la obligación legal de pagar a sus trabajadores unas prestaciones sociales periódicas, como es el caso de la prima de servicios, según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, que corresponde a treinta (30) días de salario por 1 año de servicio, o proporcional al tiempo laborado.
Feb 13
2022

