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Aspectos relevantes de la actualización de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales.

Aspectos relevantes de la actualización de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales.

MinTrabajo actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales, que aplicará para todos los afiliados al SGRL, a las ARL y a los operadores de PILA; la norma exceptúa a los trabajadores independientes voluntarios, a los que le aplicará la Tabla de Clasificación de ocupaciones u Oficios más representativos.

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Novedades normativas Ministerio del Trabajo

Novedades normativas Ministerio del Trabajo

Se podría afirmar que el Ministerio del Trabajo ya inició la reforma laboral y de manera paralela con los proyectos de reforma laboral que cursan su trámite correspondiente en el Legislativo, la cartera del trabajo ha expedido una serie de directrices que de alguna forma marcan un derrotero y dan alguna idea de lo que puede venir en el mundo de las relaciones laborales.

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¿La costumbre es fuente del derecho del trabajo?

¿La costumbre es fuente del derecho del trabajo?

En una anterior columna titulada “Los beneficios extralegales por mera liberalidad: ¿Cómo se otorgan, modifican o eliminan?” se analizó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de cara a la potestad que tiene el empleador de modificar o incluso eliminar de manera unilateral los beneficios extralegales que sean reconocidos por su mera liberalidad a los trabajadores de la Compañía. Sin embargo, se plantearon otras inquietudes propias del debate: ¿qué ocurre si el beneficio ha sido concedido unilateralmente por un tiempo considerable? y, ¿cómo opera la costumbre como fuente de derecho?

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Empleador deberá responder por el pago de la pensión de sobrevivientes en aquellos casos en que haya omitido la afiliación de la trabajadora doméstica al Sistema General de Pensiones.

Empleador deberá responder por el pago de la pensión de sobrevivientes en aquellos casos en que haya omitido la afiliación de la trabajadora doméstica al Sistema General de Pensiones.

En reciente pronunciamiento de la Corte Suprema de justicia, mediante la sentencia SL3619-2022, M.P. Gerardo Botero Zuluaga, se conoció el caso de un compañero permanente quien en nombre propio y en representación de sus hijos menores de edad, solicitó a la Administradora Colombiana de Pensiones-Colpensiones, el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes con ocasión al fallecimiento de su compañera, quien prestó sus servicios como trabajadora del servicio doméstico a órdenes de otro demandado, pero le fue negada la prestación deprecada, debido a que esta no dejó causado el derecho, por no tener 50 semanas cotizadas al sistema dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de su deceso.

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PRIMA DE SERVICIOS

PRIMA DE SERVICIOS

Recordemos que todo empleador (persona natural o jurídica) tiene la obligación legal de pagar a sus trabajadores unas prestaciones sociales periódicas, como es el caso de la prima de servicios, cuyo origen es hacer partícipe al trabajador de las utilidades de la actividad económica desarrollada por la empresa.