TITULACIÓN DE PREDIOS EN COLOMBIA TRAS EL ACUERDO DE PAZ: METAS, LOGROS Y DIFICULTADES.

Por: Lidya Mabel Castillo

TITULACIÓN DE PREDIOS EN COLOMBIA TRAS EL ACUERDO DE PAZ: METAS, LOGROS Y DIFICULTADES.

Dentro de los múltiples compromisos, que Colombia suscribió en el Acuerdo de Paz, esta todo el programa de Restitución de Tierras, para lo cual debe darse un paso importante, y con el cual se culmina el procedimiento, cual es: la titulación. Dicho compromiso esta multiplicado en entes como el Ministerio de Vivienda, la Agencia Nacional de Tierras, estos a nivel nacional, y ya los entes municipales, quienes tendrán la responsabilidad de hacer seguimiento a todos y cada uno de los pasos que se gestan para la realización de estudios jurídicos, geográficos, y los necesarios para cumplir la tarea.

 

Ahora entrando en materia, debemos señalar que la titulación es el mecanismo por el cual el Gobierno Nacional faculta a las entidades públicas para transferir los predios de su propiedad ubicados en el perímetro urbano a las familias de escasos recursos que los han ocupado de manera ilegal con vivienda de interés social antes del 30 de noviembre de 2001.

 

En ese sentido, es necesario precisar que los procesos de titulación establecidos en la normativa vigente se adelantarán solo sobre los bienes en cabeza de las entidades públicas del orden nacional y territorial (municipios o distritos) y no podrán ser objeto de estos programas aquellos asentamientos que se encuentren ubicados sobre predios de carácter privado o de propiedad de personas naturales, por ahora.  

 

De igual modo, no podrán incluirse los predios o asentamiento que se encuentren ubicados en zonas de riesgo, protección o proyección de las obras contempladas en el Plan de Desarrollo Municipal, bienes de uso público, así como aquellos que se encuentren por fuera del rango de vivienda de interés social.

    

De acuerdo con lo anterior, solo una vez cumplidos los requisitos exigidos por la Ley 1001 de 2005 y su Decreto Reglamentario 4825 de 2011 y las normas de desarrollo territorial concordantes, será procedente la inclusión de estos inmuebles en los Programas de Titulación que promueve el estado.

 

El programa de Titulación del Gobierno Nacional busca llegar a las familias más vulnerables del país, que durante muchos años han ocupado predios fiscales y no han tenido acceso a un título de propiedad sobre los mismos. Este programa tendrá cobertura nacional, para garantizar la participación de todos los entes territoriales, en desarrollo del derecho constitucional de acceder a una vivienda digna.

 

La propuesta para adelantar estos procesos masivos de titulación de asentamientos humanos incompletos, en predios fiscales ocupados con vivienda de interés social, es la tercerización en cabeza de las entidades territoriales del orden Municipal y Distrital, para que allí se desarrollen y ejecuten los instrumentos técnicos, jurídicos y sociales que componen el programa, contando con la capacitación, acompañamiento y asesoría de Ministerio de Vivienda.

 

De este modo, los ocupantes que cumplan con los requisitos legales podrán acceder a la propiedad del predio, adquiriendo beneficios paralelos, como la posibilidad de adquirir créditos o mejorar su vivienda, a través de los subsidios que para el efecto ha establecido el Gobierno Nacional.

 

Por otro lado, la titulación predial consiste en legalizar los terrenos que han sido ocupados de forma ilegal desde hace muchos años, por personas que han sido desplazadas, despojadas de sus casas por la violencia o por desastres naturales. La titulación predial tiene como fundamento normativo el artículo 2 de la Ley 1001 del año 2005, que autoriza a los municipios el traspaso legal, de forma gratuita, a los ocupantes de predios fiscales habitados.

 

Predio significa tierra y fiscal hace referencia al Estado.  Por lo tanto, un predio fiscal son todos los lotes, terrenos y parcelas de tierra que son propiedad del Estado y que son regulados mediante leyes y decretos.

 

A los ocupantes de estos predios se les concederá la titulación predial siempre y cuando no estén en zona de alto riesgo, y quien determinará esta situación será el Idigier. Se tendrá en cuenta que los predios no tengan uso educativo o para salud en el POT, así como si el terreno hace parte o se evalúa como una reserva natural y/o zona de preservación del medio ambiente.

 

Este proceso beneficiará a las familias que han construido sus viviendas con anterioridad al 30 de noviembre de 2001 y también busca darles un subsidio de vivienda de interés social, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para la titulación predial, de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 10 de la misma Ley.

 

En cifras la Agencia Nacional de Tierras, nos indica que “Estimamos que si se formalizan los 424.000 predios que detectó el Censo Agropecuario, lograríamos incrementar el acceso al crédito agrícola en $1,9 billones. Tenga en cuenta que el año 2016, el Banco Agrario colocó a pequeños campesinos $1,6 billones. Otro dato: Colombia produce 33 millones de toneladas de alimentos al año. Si se formalizan todos los hogares campesinos que hoy están en la informalidad, podríamos pasar a producir 47 millones de toneladas, eso nos pondría en el primer renglón agrícola en América Latina.

 

En términos de ingresos, se hizo un estudio el cual determinó que al recibir el título una familia dedicada al agro aumentaría sus ingresos de $1,5 millones a $2,5 millones. Si la actividad es pecuaria, pasaría de $1 millón de pesos a $4 millones.

 

Con título no solo se accede a créditos; también a subsidios, acompañamiento técnico, dotación de semillas y descuentos en insumos. Al final del día, el título es una llave que le abre la puerta a todas las posibilidades de desarrollo en el campo.”

 

La meta del Gobierno Nacional es iniciar la titulación de 70.000 predios. Cerca de 60% de ellos corresponde a terrenos informales.

 

Pero como no todo es positivo, concluyo con dos dificultades que ha tenido en proceso cuales son, el rezago que dejó el conflicto armado. Hay mucha desconfianza en las instituciones, mejores condiciones de seguridad y tranquilidad en el campo (hallazgo de minas antipersonas)

 

El proceso de adjudicación de baldíos se demoraba antes de 5 a 6 años, ahora solo 5 ó 6 meses. Implica menores costos, un proceso de formalización podía llegar a costar $30 millones por predio, eso se redujo a $1,5 millones. Y finalizo, señalando que, para el interesado, es aún más beneficioso, este no tiene que pagar nada, todos los trámites son gratuitos.

 

 Lydia Mabel Castillo Sanabria
Abogada de la Universidad de La Sabana Colombia
Master en Dirección Comercial y Marketing 2014 On line EUDE Madrid
Master en Comercio y Negocios Internacionales 2016 On line EUDE Madrid
Programa de Desarrollo Directivo Internacional (PDD Internacional) Presencial Primera Edición 2015
Master en Abogacía Internacional Presencial ISDE Barcelona 2016
Email: lidymabelc@gmail.com

 


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