Déjà Vu fiscal: veo las cosas como son

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Déjà Vu fiscal: veo las cosas como son

Déjà Vu fiscal: veo las cosas como son

La historia tributaria colombiana vuelve a repetirse. Como en Déjà Vu, de Gustavo Cerati, “veo las cosas como son… hipnotizándonos”. Solo que aquí no vamos de fuego en fuego, sino de emergencia en emergencia, o de lluvia en lluvia si se quiere, y a cada paso el contribuyente siente otro déjà vu.

Tras la declaratoria de emergencia económica por la ola invernal, el 24 de febrero el Gobierno expidió el Decreto 0173 de 2026, mediante el cual creó un impuesto al patrimonio “temporal” para personas jurídicas, aplicable únicamente en el año gravable 2026. El impuesto recae sobre sociedades nacionales y extranjeras con patrimonio en Colombia que superen las 200.000 UVT al 1.º de marzo de 2026, con una tarifa general del 0,50 % y una tarifa del 1,6% para sectores como el financiero, asegurador, agropecuario, y las empresas de carbón y petróleo. El cual deberá pagarse el 1 de abril de 2026 el 50% y el otro 50% el 4 de mayo de 2026.

Lo verdaderamente llamativo —y jurídicamente inquietante— es la rapidez con la que se anuncia el hecho generador, es decir, el supuesto de hecho que da nacimiento a la obligación tributaria. Prácticamente antes de los ocho días de expedirse el Decreto, ya se anticipa cuánto y sobre qué recaerá el impuesto, cuando aún no se ha decantado la situación excepcional ni se han estabilizado las reglas del juego.

Conviene decir esto sin rodeos, pues esto no es nuevo. Durante el gobierno de Juan Manuel Santos, también al amparo de una emergencia económica por la ola invernal, se acudió a la misma fórmula de gravar el patrimonio bajo el discurso de la excepcionalidad y la solidaridad determinando la ocurrencia del hecho generador en pocos días y esto también ocurrió en diciembre del año 2025, cuyo decreto actualmente está suspendido provisionalmente por la Corte Constitucional. La experiencia demuestra entonces que lo extraordinario y en emergencia tiende a repetirse.

Cerati tenía razón. En Colombia, las cosas son como son, cambia la emergencia, cambia el decreto, cambian las fechas, cambia el gobierno de turno, pero el patrimonio siempre termina regresando a escena. Otro déjà vu fiscal.

Y quizás la pregunta no sea si la Corte nuevamente suspende este nuevo Decreto, sino si el impuesto al patrimonio volverá a aparecer en una próxima emergencia —porque la historia sugiere que sí—, sino por qué seguimos aceptando que la excepción se convierta en método. Tal vez el déjà vu fiscal no sea un accidente, sino el síntoma de un Estado que reacciona siempre igual ante la crisis y de una sociedad que, hipnotizada, termina normalizando la sorpresa tributaria. Ahí está el verdadero interrogante: ¿es la emergencia la causa o solo el pretexto de una costumbre que ya aprendimos a repetir?

 

Oscar A. Rueda

Abogado tributarista y Docente Universitario

oruedagomezabogado@gmail.com

 

 


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