LOS MEDIOS DE PRUEBA EN EL R
La determinación del hecho generador del tributo, costos, gastos, ingresos e inclusive los procesos de fiscalización que adelanten las autoridades fiscales deben ser basados en sucesos debidamente probados, y que no generen ninguna duda razonable sobre la veracidad de los elementos que se pretenden demostrar; esto va en consonancia con los derechos fundamentales del debido proceso y el derecho a la defensa del contribuyente, ya que las actuaciones administrativas no pueden ser realizadas de manera arbitraria y se debe brindar al requerido, el espacio procesal pertinente para que controvierta las decisiones de la Administración.
Escrito por:
Doctor Manuel Andrés León Rojas
Especialista en derecho tributario
Universidad Externado de Colombia
Feb 23
2021

