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¿PUEDE UN CONCEJAL EN EJERCICIO, AÚN SIENDO PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN,  SER CANDIDATO A LA ALCALDÍA DE SU MUNICIPIO PARA LAS ELECCIONES DEL 2023?

¿PUEDE UN CONCEJAL EN EJERCICIO, AÚN SIENDO PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN, SER CANDIDATO A LA ALCALDÍA DE SU MUNICIPIO PARA LAS ELECCIONES DEL 2023?

El tiempo apremia en términos electorales, comienzan a calentarse los motores de las campañas y en ese ambiente no son pocos los concejales en ejercicio, incluso presidentes actuales de esas corporaciones que aspiran a ser candidatos a las alcaldías de sus municipios; sin embargo, a muchos de ellos, sino a la gran mayoría, les agobia y desvela el riesgo de incurrir en una inhabilidad y que producto de ello arriesguen su capital económico, reputacional y electoral.

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ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, COLOMBIA VINCULADA

ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, COLOMBIA VINCULADA

Es muy interesante, luego de revisarlo, verificar que Colombia, aunque aun no utiliza su reactor nuclear para la generación de energía eléctrica, hace parte de los Estados Miembros de la OIEA y, además, ha sido elegida en el año 2021 como uno de los 35 miembros de la Junta de Gobernadores del OIEA, para el periodo 2021-2023.

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ENERGÍA ATÓMICA

ENERGÍA ATÓMICA

El senado de la República ha surgido un interés que hace tiempo no se veía. Dicho interés encaminado a incluir en el sistema energético colombiano la energía atómica o nuclear para producir energía eléctrica. Se ha presentado un proyecto de ley que pretende modificar la Ley 1715 de 2014 actualmente vigente y que ha dado un paso importante en la inclusión de nuevas energías al sistema energético colombiano.

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Conozca el por qué La Agencia Nacional de Minería suspende temporalmente la radicación de solicitudes de propuesta de contrato de concesión

Conozca el por qué La Agencia Nacional de Minería suspende temporalmente la radicación de solicitudes de propuesta de contrato de concesión

Es importante mencionar que el Consejo de estado otorgó un plazo de tres (3) meses para que la ANM, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y Ministerio de Minas y Energía reglamenten el procedimiento y los mecanismos de coordinación intersectorial para determinar el procedimiento para la expedición de las citadas certificaciones ambientales, los plazos máximos de expedición del certificado y las garantías al debido proceso de los peticionarios.