¿Sabe usted cuál es la función de los inspectores del trabajo y seguridad social frente a la prevención y atención de casos de violencia y acoso laboral?

Laboral.

¿Sabe usted cuál es la función de los inspectores del trabajo y seguridad social frente a la prevención y atención de casos de violencia y acoso laboral?

¿Sabe usted cuál es la función de los inspectores del trabajo y seguridad social frente a la prevención y atención de casos de violencia y acoso laboral?

El Ministerio del Trabajo señala que el Inspector de Trabajo y Seguridad Social “de conformidad con el Decreto 1227 de 2011, es un funcionario del Ministerio del Trabajo del nivel profesional; autoridad administrativa en el sentido del artículo 17 del C.S.T., y autoridad de policía de acuerdo con el numeral 2 del artículo 486 del C.S.T. y el numeral 2 del artículo 3º de Ley de Inspecciones del Trabajo y Acuerdos de Formalización Laboral. Quien realiza la función general de vigilancia y el control en cumplimiento de las normas de y demás disposiciones sociales según el artículo 485 y 486 del C.S.T., de la Ley de Inspecciones del Trabajo y Acuerdos de Formalización Laboral y de los Convenios 81 y 129 de la OIT.

El artículo de la Ley 1610 de 2013, establece que los inspectores de trabajo tienen 5 funciones principales, la primera es la función preventiva a través de la cual garantizan que las normas de carácter socio-laboral se cumplan, así como los derechos del trabajo y se eviten posibles conflictos entre empleadores y trabajadores.

La segunda, es la función coactiva o de policía administrativa, toda vez que tienen la facultad de sancionar a los responsables de vulnerar las normas del trabajo, aplicando el principio de proporcionalidad.

La tercera función es la conciliadora, toda vez que deben intervenir en la solución de los conflictos laborales que son sometidos a su consideración, en aras de que se agote la vía gubernativa y que los procedimientos se ajusten a los principios de economía y celeridad.

La cuarta función, hace referencia al mejoramiento de la normatividad laboral es decir que estos deben poner en funcionamiento iniciativas mediante las cuales se superen los vacíos normativos y los vacíos procedimentales.

La quinta función, es la de garante del cumplimiento de las normas del sistema general de riesgos laborales.

Asimismo, el artículo 7 de la Resolución 2143 de 2014 señala 52 funciones específicas de los inspectores del trabajo, dentro de las cuales encontramos que deben adelantar investigación administrativo-laboral en materia de derecho laboral individual, colectivo, seguridad social en pensiones, riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo y demás normas sociales que sean de su competencia.

No obstante, frente a las conductas descritas en la Ley 1010 de 2006, “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo”, se les otorgó la facultad de conocer las denuncias escritas a través de las cuales los trabajadores víctimas de acoso laboral ponen en conocimiento de los Inspectores Municipales de Policía, de los Personeros Municipales o de la Defensoría del Pueblo, a prevención, la ocurrencia de una situación continuada y ostensible de acoso laboral.

Lo anterior, con el fin de que el inspector del trabajo conmine al empleador para que active los mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y programe actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa.

De igual manera, el artículo 11 de la Ley 1010 de 2006, prevé como actitud retaliatoria la terminación unilateral del contrato de trabajo o la destitución de la víctima de acoso laboral que haya ejercido los procedimientos preventivos, correctivos y sancionatorios, cuando estos se profieran dentro de los seis (6) meses siguientes a la presentación de la queja, siempre y cuando la autoridad administrativa o judicial o de control competente haya verificado que en efecto dichos hechos puestos en conocimiento a través de la queja han ocurrido.

Así las cosas, a través del memorando de noviembre de 2022, el Ministerio del Trabajo definió la competencia de los inspectores de trabajo, señalando que el fuero de acoso laboral mencionado en el artículo 11 de la Ley 1010 de 2006, no sólo debe aplicarse frente al trabajador que promovió la queja por acoso laboral, sino también a aquellos trabajadores que le sirvan de testigos, es decir, que dicha garantía no es exclusiva del trabajador víctima de dichas conductas.

Del mismo modo, se les otorga una potestad sancionatoria a los inspectores del trabajo, para que, en el marco de las funciones de prevención y coerción, puedan efectuar advertencias sancionatorias al empleador, con el fin de prevenir futuras violaciones a las normas constitucionales, legales y sociales.

Así pues, en aras de verificar la ocurrencia de los hechos denunciados en la queja por acoso laboral, es suficiente con determinar si la misma fue puesta en conocimiento del empleador y/o comité de convivencia laboral, donde además se analice el material probatorio allegado por los trabajadores y que se enmarquen en las conductas propias de violencia y acoso laboral, dicha verificación puede realizarse en dos escenarios:

  • Por parte del grupo Interno de resolución de Conflictos y Conciliaciones, cuando el inspector del trabajo y/o la autoridad administrativa conoce a prevención de la queja y/o denuncia presentada por conducta prevista en la Ley 1010 de 2006.
  • Por parte del Grupo Interno de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control, cuando el inspector de trabajo y/o autoridad administrativa conoce de a solicitud de investigación administrativa ante el presunto despido efectuado por el empleador pese a la existencia del fuero de protección legal de acoso laboral.

Lady Rocío Suárez Castro

Abogada Especialista en Derecho laboral y Seguridad Social

     Universidad Libre de Colombia.

     Especialista en Derecho Constitucional y Administrativo

Universidad Católica de Colombia

 


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