Reforma a la Justicia un intento más

Por: Abdón Sánchez Castillo

Reforma a la Justicia un intento más

Una vez más el congreso intentará sacar adelante una reforma al sistema judicial colombiano, tarea nada fácil, no solamente por los cambios que éste requiere, sino también por la diversidad de intereses de todo tipo que confluyen alrededor de este sistema, empezando por los propios congresistas y magistrados de las altas cortes, quienes tienen que tramitar y revisar dicho proyecto, pero están inmersos directa o indirectamente en las consecuencias de esta reforma. Seguramente ésta ha sido la principal razón por la cual llevamos 15 intentos fallidos de reforma, entre el 2002 y el 2016, diez de las cuales contenían propuestas de ajuste al modelo de gobierno judicial.

 

Es indudable que se requiere dicha reforma, solo basta ver las cifras mostradas en la exposición de motivos de cada uno de los tres proyectos de acto legislativo, en su orden de radicación: El presentando por partido Cambio Radical, el presentado por el Gobierno y el presentado por el partido Centro Democrático. Recordemos las preocupantes cifras incluidas en la exposición de motivos en el proyecto de Cambio Radical:  

  • El tiempo promedio de solución de los procesos judiciales en Colombia es de 1.288 días (735 más que la media de los países de la OCDE / procesos arbitrales 16 meses vs. 12 en otros países).
  • Administración incompetente: carencia de conocimiento técnico y de gestión.
  • Complejidad normativa: Desde 1991 se han expedido cerca de 2000 leyes.
  • Impunidad: apenas el 2.3% de la totalidad de los casos penales son juzgados.
  • Corrupción y clientelismo: incentivos para el “yo te elijo tú me elijes”.
  • Inseguridad jurídica: múltiples interpretaciones de las normas por carencia de precedente judicial.
  • Control fiscal inefectivo: solo se recupera el 4 % a nivel nacional y el 0,6 % a nivel departamental.
  • Duplicidad en sistema: 2 o incluso 3 entidades hacen lo mismo.

Los congresistas y magistrados de la Corte Constitucional tienen en sus manos una responsabilidad muy grande con el país; concebir, aprobar y revisar un acto Legislativo que realmente logre poner a funcionar en forma eficiente una enorme institución que cuenta con más de 48 mil empleados (incluidos los funcionarios de la Fiscalía) y que por su tamaño y complejidad supera a la más grande empresa privada en Colombia, cuya nómina es de 42 mil empleados.

 

Contar con un sistema judicial eficiente es un sueño de todos; pero no es una tarea trivial. Creemos que para lograrlo se debe conformar una estructura organizacional en dicha institución, similar a la de una compañía de gran tamaño, verbigracia el tipo de organización presente en el Banco de la República, donde además de contar con una Junta Directiva, se tiene una Gerencia General, una Gerencia Técnica y una Gerencia Ejecutiva. Valoramos el esfuerzo hecho por el gobierno y por los partidos políticos en tratar de encontrar el mejor modelo de funcionamiento de este sistema, por lo cual vamos a analizar cada una de las propuestas, para al final concluir con los aspectos positivos, que podríamos resumir en una sola.

 

Partamos del actual organigrama de la Rama, si usted lo revisa en la página www.ramajudicial.gov.co, no le tomará mucho tiempo descubrir que se trata de una entidad acéfala, ya que no cuenta con una persona que la lidere, y los altos niveles jerárquicos descansan en cuerpos colegiados, es decir, salas compuestas por varias personas. Un chiste que se oye frecuentemente en la administración pública y privada cuenta que cuando alguien quiera aplazar una decisión, o incluso evitar que se tome alguna, para lograrlo en forma efectiva, debería elegir un comité o consejo para discutir el tema. Entre mayor sea el número de integrantes, ojalá con el mismo poder o voto, es probable que la toma de decisiones sea más compleja y dilatada o nunca se dé.

 

En la práctica las empresas exitosas públicas o privadas, deben ser gerenciadas administrativa y operativamente por una persona, no por un comité o consejo o Junta. Es como si la famosa invasión a Normandía en la segunda guerra mundial, en vez de haberse puesto en cabeza del general Dwight David «Ike» Eisenhower, como comandante supremo de las fuerzas aliadas Occidentales en Europa, se hubiese puesto en manos de un comité conformado por los principales generales de cada uno de los países aliados. Seguramente los resultados de dicha invasión y de la guerra en general hubiesen sido muy diferentes, además de desastrosos.

 

  1. Propuesta Acto legislativo Cambio Radical

 

  • Estructura organizacional de la Rama Judicial.

 

Se propone la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura y se crea la Dirección de la Administración Judicial. En nuestro concepto, la organización sería muy efectiva desde el punto de vista operativo y administrativo, pero faltaría una Junta Directiva o similar, a quien el Director de la Administración Judicial debiera reportarle. Por otra parte, no está claramente establecido en manos de quien estaría definir la visión estratégica de la entidad y definir políticas para lograr metas dentro de un plan de desarrollo de la entidad, entre otras importantes funciones.

 

  • Altas cortes

 

Los magistrados de las altas cortes serían postulados por el Director de la Administración Judicial. Los magistrados de la Corte Constitucional serían elegidos por el congreso partiendo de una convocatoria pública de acuerdo con el artículo 126 de la Constitución Política (CP).

 

Les quita a las altas cortes su función nominadora, solamente dejaría en manos de la Corte Suprema la elección del Fiscal General de la Nación, pero utilizando una convocatoria pública de acuerdo con el artículo 126 de la CP. En general todos los magistrados y funcionarios de alto rango serían seleccionados de una lista, de acuerdo con el artículo 126 de la CP, es decir por convocatorias públicas, lo cual nos parece novedoso y apropiado, en la búsqueda de independencia de la rama del legislativo y de la política en general.

 

El proyecto establece la obligatoriedad del precedente judicial, con el objeto de limitar la flexibilidad interpretativa de los jueces, cada uno aplicando su criterio, como sucede en la actualidad. Consideremos esta propuesta muy valiosa y útil para simplificar los procesos y hacer más efectiva la justicia.

 

  • Acción de tutela

 

Proponen limitar la acción de tutela a las personas directamente afectadas, rechazando de plano las tutelas propuestas por otras personas. También reglamentan las tutelas contra decisiones judiciales, lo cual según ellos evitarían la congestión actual y el choque de trenes.

 

 

 

  1. Propuesta Acto Legislativo Gobierno Nacional

 

  • Estructura organizacional de la Rama Judicial

 

Consideramos que esta propuesta es la más completa, iniciando con un excelente diagnóstico del problema, recuento histórico de las fallidas reformas y recomendaciones valiosas provenientes de la Corte Constitucional y Centro de Estudios de Justicia de las Américas -CEJA.  Pese al impecable análisis de las fallas del actual sistema, la solución propuesta es demasiado compleja y adolece del mismo problema actual: no tener cabeza o líder, ya que el Gerente de la Rama no tendría ninguna injerencia sobre los magistrados, jueces y empleados en general de la Rama, quienes constituyen realmente el equipo productivo del sistema. Es decir, su función sería netamente administrativa desligada de la operación. Los Magistrados y jueces seguirían bajo el mando de una comisión, es decir el mismo problema de siempre. La única comunicación real entre la administración de la rama y la carrera judicial sería a través de la Comisión interinstitucional, es decir una pesadilla administrativa. Las funciones del Consejo Directivo quedaron muy bien definidas, desafortunadamente no tendrían herramientas reales para llevarlas a feliz termino a través de su Gerente, ya que este no tendría ningún poder real que incida en el desempeño de la rama.

 

Todo el personal que conforma una organización exitosa, sin importar su rango o cargo, deben estar alineados con la estrategia general, impartida por la Junta Directiva o quién haga sus veces y ejecutada y difundida por su líder, es decir, su Gerente General. Con la estructura propuesta, esto sería prácticamente imposible de lograr.

 

  • Altas cortes

 

Se cambiaría el sistema de elección de los magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, iniciando con una lista de diez elegibles enviada por la Comisión de Carrera Judicial y nombrado por cada corporación, con unos tiempos limitados.

 

La Corte Suprema de Justicia, actuaría como tribunal de casación y de unificación de jurisprudencia. Los jueces en sus providencias deberán acatar las sentencias de unificación de las Altas Cortes según lo defina la ley (algo similar a lo propuesto por Cambio Radical).

 

Se prohíbe a las altas cortes dar a conocer sus decisiones sin que hayan sido suscritas por los magistrados, y se hayan registrados salvamentos y aclaraciones de voto.

 

  • Acción de tutela

 

Se exige que la acción de tutela deba ser presentada ante los jueces de la jurisdicción y especialidad que corresponda con el asunto objeto de amparo. Además, se establece que se deberá reglamentar, mediante ley estatutaria, el procedimiento para los casos en que la acción de tutela se ejerza contra providencias judiciales.

 

 

 

  1. Acto legislativo Centro Democrático

 

  • Estructura organizacional de la Rama Judicial

Consideramos esta estructura organizacional la más funcional y completa de las tres propuestas, ya que contempla los elementos mínimos necesarios para una administración efectiva: Junta Directiva que establece la política, directrices, reglamentos y presupuestos necesarios para el logro de los objetivos, Gerencia y Tribunal Disciplinario, cada cual con funciones especificas y complementarias. Creemos que le faltarían algunas funciones que se contemplaron en el proyecto del gobierno, tales como la definición de la visión estratégica y definición de política para el logro del plan de desarrollo.

El trabajo de todos los jueces y magistrados de la República debe ser evaluado y acompañado por la Dirección Ejecutiva de la Rama Judicial; de los resultados de tal evaluación dependerá su permanencia en el cargo y ascensos en la carrera judicial. Este punto nos parece de suma importancia.

  • Altas cortes

 

Este proyecto hace una propuesta arriesgada y polémica, ya que propone la eliminación de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional y la creación de un Tribunal Constitucional Supremo, que asumiría las funciones de estas dos cortes. Consideramos arriesgada la propuesta, ya que de una u otra forma las cortes actuales han venido funcionando en forma adecuada, pese a las criticas, y hacer cambios de este calado podría traer consecuencias graves para la justicia.

 

En esta propuesta la elección de los magistrados del Consejo de Estado serían elegidos por el Presidente de la República y los del Tribunal Constitucional Supremo por el congreso.  Creemos que se debe sustraer del congreso su responsabilidad nominadora de la justicia y de los entes de control, ya que esta dependencia ha generado politización de dichas entidades, trayendo consecuencias negativas en su funcionamiento.

 

Tres sentencias del Tribunal Constitucional Supremo constituirán jurisprudencia, que servirá de precedente obligatorio para sus propios fallos, precedente que deberán seguir los jueces y tribunales competentes. El Tribunal Constitucional Supremo no podría variar su jurisprudencia sino en los términos del artículo 230 de la Constitución. El Tribunal conocería únicamente y en única instancia sobre los recursos extraordinarios de amparo constitucional que sean interpuestos contra providencias proferidas por los demás tribunales. Esta jurisprudencia será obligatoria para toda la rama.

 

  • Acción de tutela

Este proyecto no toca este recurso legal.

  1. Conclusiones

Creemos que cada uno de los proyectos tienen fortalezas y debilidades, el ejercicio inteligente que tiene que hacer el congreso es identificar estos y confluir en uno solo los aspectos positivos que logren el objetivo final: concebir un sistema de justicia eficiente y eficaz. Creemos que la estructura organizacional de la rama más viable desde el punto de vista administrativo y operativo sería la propuesta por el partido Centro Democrático, sin tener en cuenta la propuesta del Tribunal Constitucional Supremo y combinando detalles contenidos en los otros dos proyectos, los cuales señalamos en cada caso, así como la de dejar los nombramientos de magistrados de las cortes, contralor, Procurador y Fiscal en manos del Presidente, a partir de una lista obtenida de una convocatoria pública de acuerdo con el artículo 126 de la Constitución Política. El Presidente debería tener la libertad de seleccionar su equipo de trabajo, ya que aunque se trata de ramas del poder público independientes de la ejecutiva, es responsabilidad de éste lograr que todas funcionen en armonía y en forma eficiente.

 

Abdón Sánchez
Castillo

Gerente Notinet.
Master of Business Administration (MBA)
Administración y gestión de empresas  de la Universidad de los Andes.

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Comentarios


Maria Fernanda Londoño September 6th, 2020

De que fecha es este artículo?

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