DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES

Escrito por: Carmen Andrey

DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES

Todos debemos poner de nuestra parte para promover y facilitar la integración social de las personas mayores, con pleno respeto a su dignidad e intimidad personal y familiar. Es cierto que las leyes son un elemento “vivo” de nuestras esferas política y social, que debe solaparse a las mismas e ir cambiando y evolucionando continuamente. Actualmente asistimos a un incremento de la esperanza de vida, es innegable, pero ¿eso implica que no sean suficientes las leyes actuales como garantía de los derechos de nuestros mayores? Partamos de la base de que todo se puede mejorar y complementar, pero antes de plantearnos las deficiencias legales lo cierto es que los derechos de las personas mayores gozan de una plena protección internacional. Lo más conveniente sería empezar por aprendernos bien el significado de conceptos como “integración” y “respeto” y no olvidarnos de aplicar bien las leyes que ya tenemos.  

La ONU ha recogido en su Declaración Universal de Derechos Humanos una relación de derechos y principios sobre necesidades y cuidados básicos de las personas mayores, dignidad e integración social cuya aplicación recomiendan incluir en todos los ordenamientos jurídicos nacionales. Fundamentalmente son los siguientes:

  • Derecho a disponer de servicios básicos de cuidado a efectos de cubrir necesidades mínimas: agua y alimentación, vestuario, vivienda, atención sanitaria y asistencial si se requiere, de forma que puedan mantener niveles adecuados de bienestar físico y psicológico.

  • Derecho a no sufrir discriminación por su edad. Deben recibir las mismas oportunidades que el resto de los miembros de la sociedad, viendo garantizada su protección contra situaciones de abandono o maltrato (físico o psicológico).

  • Derecho a la plena protección social, viendo garantizado plenamente su acceso a programas culturales y recursos educativos, así como facultad para formar movimientos o asociaciones.

  • Derecho a vivir con dignidad e independencia. Siempre que conserven autosuficiencia y capacidad para autogobernarse deben ver respetado su derecho a elegir dónde vivir, debiendo los familiares respetar sus deseos y autonomía personal.

Si se encuentran internados en hogares, residencias u otras instituciones similares deben recibir un trato digno, con pleno respeto hacia sus necesidades, intimidad, creencias políticas y / o religiosas y opiniones personales. Deben mantener en todo momento niveles óptimos en cuanto a calidad de vida.

Estas necesidades de protección y garantía de derechos de las personas mayores se ven incrementadas en las situaciones de dependencia, aquellas que implican merma o pérdida de autonomía física o intelectual, precisando en consecuencia ayudas de terceras personas para realizar actividades cotidianas de carácter básico. Se requiere una especial observancia de estos derechos para aquellas personas que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.

Tengamos absoluto respeto a los derechos fundamentales de los mayores: a su dignidad e intimidad, con especial observancia e integración de sus inquietudes sociales y culturales. No aspiremos sólo a vivir más, sino mejor.


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