CASO NEMAG

Escrito por: Maria Elizabeth Aguilar Romero - Abogada y Notaria Público Especialista en Derecho Tributario y Derecho Civil , Fundadora de la Oficina Legal Luris en Nicaragua.

CASO NEMAG

Es difícil sentarse, escribir, de un tema que por años sentí que era algo personal, en un principio cuando eres estudiante de derecho, te desvelas horas leyendo, pero los docentes en la facultad solamente te preparan por medio de la teoría y de vez en cuando tienes la práctica, pero la Teoría  no es lo mismo que la práctica; sobre todo cuando te toque litigar en casos que debido a la burocracia de algunos países, y el poder económico, impera la Injusticia. Uno de mis docentes de la facultad el DR. Gustavo Adolfo Álvarez, me mando a estudiar el “Código Bustamante”, que es conocido así por el abogado Antonio Sánchez de Bustamante y Sirvén, Abogado, jurista y político cubano, quien nació en la habana cuba, quien Promovió la existencia de una normativa común para América sobre el derecho internacional privado. Es por esto que durante el sexto Congreso Panamericano celebrado en Cuba en 1928, específicamente en el documento final, el Tratado de La Habana se adjunta en el anexo Código de Derecho Internacional Privado, es un tratado que pretendió establecer una normativa común para América sobre el Derecho internacional privado. En la práctica del Derecho como abogado te vas encontrar una serie de Historias, que éticamente debes buscar como callar, pero por medio de esta oportunidad, abordare un tema que no sólo se vive en Nicaragua, sino que en países como: Venezuela, España y Colombia, han venido por años llevando una lucha incansable por parte de muchos bufetes jurídicos, para poder buscar justicia a las Personas que padecen de muchos males por químicos para no consumo humano, conocidos como NEMAGON, y así le llaman en Nicaragua, una Lucha que desde 1980 sale a flote, pero en lo personal me tocó vivir, puesto que trabaje para uno de los bufetes que a la fecha busca justicia para todos los ciudadanos que fueron afectados por el DBCP o popularmente conocidos como NEMAGON.

EL DBCP, es Producto agroquímico que diseñaron y fabricaron ciertas transnacionales del gremio de la química. Se utilizó en los feudos de las Repúblicas Bananeras del mundo pertenecientes a las transnacionales fruteras. Servía para combatir a los nemátodos que dañaban los cultivos de banano. Se empleó desde finales de los sesenta del siglo pasado, a pesar de que las pruebas de laboratorio advirtieron claramente de su peligrosidad y nocividad. Muertes, cánceres, deficiencias mentales, malformaciones genéticas, esterilidad y dolores por todo el cuerpo, pueden ser algunas consecuencias que se le atribuyen a este funesto invento. El DBCP nace en los laboratorios de Dow Chemical Company y Shell Chemical Company.  Las primeras pruebas que se realizaron fueron utilizadas en ratas de laboratorio lesiones mayores en pulmones, hígado y riñones; crecimiento retardado y testículos reducidos; sin embargo en Estados Unidos fue omitido, explicando brevemente que este producto podría ser utilizado en personas, pero en pocas cantidades.

En 1961, se redactó un informe aprobando y apoyando el registro del DBCP en la Agencia de Alimentos y Fármacos (FDA) de Estados Unidos. A fin de evitar o minimizar los posibles daños en las personas, el informe abarcó también algunas precauciones y recomendaciones de uso. Alguien en la empresa, recomendó excluirlas por ser "imprácticas". Ese mismo año, la F.D.A recibió un pedido de aceptación de etiquetas de Shell. A petición de la Agencia, se realizaron análisis a los trabajadores que manipulaban el DBCP en las factorías de Shell. El médico encargado no fue informado de que se pretendían detectar posibles daños testiculares. Los resultados médicos salieron bien y los fabricantes informaron que el Nemagón podía ser utilizado sin "Riesgo excesivo". Un caso de soborno que seguro, se dio y él fue registrado en 1964. Fue en entonces que en 1969, standard Fruit Company inició el consumo del químico en sus plantaciones bananeras de Centroamérica. En los manuales de la compañía no aparecieron en ningún momento indicaciones sobre la peligrosidad del Nemagón. Los trabajadores no fueron advertidos y en ningún momento recibieron equipos de protección.

Los años pasaron  el DCBP llegó a Nicaragua, fue utilizado para el riego de las bananeras asentadas en Chichigalpa, Chinandega, de los cuales se desprende que miles de litros fueron aplicados en plantaciones;  esta misma historia se repitió en países como: Honduras, Costa Rica, Panamá, Ecuador, Estados Unidos, Israel, Guatemala, Dominica, Santa Lucía, San Vicente, Burkina Faso, Costa de Marfil, España, Filipinas y otros países.

Fue en el año de 1975 que la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) determinó que el DBCP era un posible agente cancerígeno. Allí empieza el dolor de los seres Humanos que fueron expuestos a este químico y en  1977, de 114 empleados que fabricaban el químico en una factoría de Occidental, 35 estaban estériles fue entonces que en Estados Unidos, en 1979 se prohibió el químico para casi todos sus usos y se detuvo el suministro temporalmente. Cuando Dow informó que iba a suspender momentáneamente el suministro, Standard se quejó aireadamente y amenazó por incumplimiento contractual a Dow, que sólo siguió vendiendo el químico cuando Standard asumió los costos de las posibles demandas que pudieran surgir con la venta del químico.

En 1979, el DBCP aún se aplicaba en las plantaciones de Standard en Nicaragua y Filipinas. Ese mismo año, fue prohibido en Costa Rica y Standard transportó el stock que tenía en ese país hacia Honduras para ser utilizado allí. En 1981, Shell vendió el químico en África. En 1986, Standard aún lo empleaba en sus plantaciones de Filipinas.

NICARAGUA-SU CALVARIO CON NEMAGÓN

En Nicaragua, fueron muchos los afectados, en Chichigalpa por muchos años era una muerte silenciosa, que con el paso de los tiempos fue explotando. Resulta que muchos campesinos que trabajaron para esta empresa norteamericana, comenzaron a organizarse para hacer valer sus derechos, debido a que muchos de sus hijos nacieron con las mismas enfermedades que ellos padecían, es así como un grupo dirigente que buscan que le ayuden para que hagan valer sus derechos humanos antes los tribunales de justicia, es entonces que cinco bufetes jurídicos de Nicaragua  por no mencionar algunos nombres: Ojeda-Gutiérrez Y Asociados, Obregón y Asociados, con más de 12 mil personas de Chinandega y León, al Occidente del país, se declararon afectadas por los efectos tóxicos del plaguicida Nemagón, una sustancia química que se empleó en los años 70 en las plantaciones bananeras del país, aun cuando en Estados Unidos su uso ya había sido prohibido.

El proceso involucró a unos cinco bufetes de abogados, más de nueve mil demandantes y se calcula en más de 17 mil millones de dólares contra las transnacionales Dole Food Company, Dow Chemical y Shell Chemical, de Estados Unidos, quienes fabricaban, exportaban y usaban el producto en Nicaragua y otros lugares del mundo. En Nicaragua se realizaron marchas, huelgas de hambres, y muchos de los afectados tuvieron que hacer marchas desde Chinandega hasta Managua (140 Kilometros recorridos a pie). Solicitando que sus demandas se escucharan, para que las empresas Down Agro Sciences, Aka del Monte Fruits, Del Monte Tropical Fruti Company, Shell Oil Company, Occidental Chemical Corporation, Standard Fruit Company, Dole Food Corporation Inc., Chiquita Brands Internacional y Del Monte Foods. Paguen sus daños y perjuicios por ocupar este químico, sabiendo que era dañino para el uso humano. Como producto de estas protestas, el gobierno de Nicaragua promulga la Ley 364 (Ley especial para la tramitación de juicios promovidos por las personas afectadas por el uso de pesticidas fabricados a base de DBCP o Nemagón) para encausar las denuncias de los ex trabajadores y proceder a las indemnizaciones

Es así como se permite que las resoluciones Judiciales de las demandas de daños y Perjuicios sean ejecutadas de manera Internacional, por bufetes norteamericanos. La Ley 364 “LEY ESPECIAL PARA LA TRAMITACIÓN DE JUICIOS PROMOVIDOS POR LAS PERSONAS AFECTADAS POR EL USO DE PESTICIDAS FABRICADOS A BASE DE DBCP”, publicada Aprobada el 5 de Octubre del 2000. Publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 12 del 17 de Enero del 2001, la cual fue aprobada por la Asamblea Nacional de Nicaragua, debido a las diferentes huelgas que las personas que padecen de enfermedades a consecuencia del DBCP. Sentando así un precedente.

La sentencia de diciembre de 2002 en Nicaragua, recorre el canal legal necesario hasta Estados Unidos, pero en octubre de 2003, no es admitida por la jueza Nora M. Manella, de la Corte del Distrito Central de California. Para ello, alega defectos de forma, porque la Dole Food Company Inc. no fue demandada correctamente, ya que técnicamente no existe, al denominarse en Estados Unidos Dole Food Company Inc. y no Corporation, como se transcribía en la demanda. La jueza instó que violaron procedimientos jurídicos de las leyes estadounidenses y existen vacíos en la sentencia que dicta la justicia nicaragüense.

Paradójicamente, las multinacionales aprovechan esta decisión iniciando un proceso de demandas contra los afectados, a quienes acusan entre otras cosas de presentar pruebas fraudulentas.

Han pasado más de treinta años y algunos de los campesinos expuestos por este químicos se les han  detectados los siguientes tipos de cánceres: esofágico, estómago, hígado, riñón, pecho y leucemia linfoide. Dejando enfermos a estas personas, y no sólo a ellos, sino también que resulta que este químico aún se presenta en el manto acuífero del Municipio de Chichigalpa, Nicaragua, los que como consecuencia, los niños que nacieron de estas mujeres que fueron expuestas al Nemagón nacieron con enfermedades. Es decir este químico vino a perjudicar a una comunidad entera, trayendo consigo, problemas económicos, psicológicos, y sobre todo rechazo por la sociedad. Por lo que muchos de los afectados, deben dejar testamentos para que el día que se les pague la indemnización, sean sus herederos puedan recibir este beneficio.

Hoy únicamente aquellos que no firmaron pueden seguir pidiendo justicia. La ciudad del Nemagón fue un plantón que se encuentra ahora enfrente de la Asamblea Nacional en Managua en donde desde el 2005 los afectados acamparon y vivieron, realizando huelgas de hambre y protestaron para ser escuchados por el gobierno nacional. El cual les construyo casas y les otorgo su derecho a luchar sus demandas, las cuales sobresale una indemnización y tratamientos médicos para tener una muerte digna. Las empresas Dow Chemical, Shell Oil Company y Dole Food Company fueron condenadas a pagar US$ 490 millones a 600 trabajadores nicaragüenses, pero se negaron a cumplir la sentencia, alegando irregularidades en el proceso. A la fecha se han identificado 3,500 muertos y más de 20.000 afectados directos e indirectos (Date una idea de lo trágico que esta suma, y eso que sin incluir a todos los que han muerto hasta hoy).

ARREGLOS MAL DADOS.

Son tantos los años de espera, por tanta burocracia que vive el sistema Judicial norteamericano, en agosto de 2003, los trabajadores enmarcados en ASOTRAEXDAN realizan nuevas protestas en Managua. Esta vez, aducían que los abogados Ojeda, Gutiérrez, Espinoza y asociados, estaban boicoteando el proceso y querían estafarlos; sin embargo sólo el que estuvo dentro del proceso, puede darse cuenta que el tiempo cobra factura y las discusiones  por dinero llevaron a muchos bufetes jurídicos a extinguirse.

En el año 2011, nueve años después de haber iniciado el juicio, la Dole Food Company se acercó para negociar con los abogados de muchos de los bufetes que demandaron, de un grupo de demandantes, pese a que la empresa no reconoce a nadie como “afectado”. Estando la demanda en casación, una de las compañías más grandes, la Dole, se presentó a negociar porque era inminente un fallo en contra de ellos y logramos un finiquito por 16 millones de dólares.

El finiquito fue negociado por el bufete Provost Umphrey que representa a  1,248 afectados y  cuenta con dos abogados en Estados Unidos: Joe J. Fisher y Mark Sparks; dos en Chinandega: Martha Patricia Cortez y Antonio Barnard Zavala (el encargado directo del caso) y también el bufete Obregón & Asociados, ya negociaron; sin embargo los otros bufetes jurídicos no desean ese arreglo debido a que las empresas ofrecen es muy poco, por el daño que esta empresa les hizo a cada afectado por Nemagón.

Para mi colega Dr. Walter Gutiérrez que representa el Bufete Ojeda-Gutiérrez, los bananeros han sufrido tanto por consecuencia de este químico que muchos de ellos han visto perder a amigos , familiares, hijos, esposos, esposas, que no merecen migajas de estas empresas norteamericanas que vinieron a votar su veneno a nuestra tierra. Por tales razones el Bufete Jurídico Ojeda, no acepto estos arreglos mal dados.

En Venezuela Suele suceder lo mismos el Dr. Zedenko Seligo, quien es el encargado de ejecutar las Sentencias en Venezuela, el sistema de Justicia mantiene todo paralizado.

Por años estas personas buscan justicia, y son muchos sentimientos encontrados, puesto en gran parte los conocí, al día de hoy no sé cuántos viven ahora    ni se si ellos han sido enterrados de manera justa, sólo he comprendido que en la facultad de derecho me enseñaron la teoría, de demandar a alguien que violenta derechos, sin embargo ; cuando sales a litigar te encuentras que la practica en lo personal  te deja un mal sabor de boca, porque debido a las retardación de justicia, burocracia y el poder del dinero puede manipular por años la Justicia.


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