La Reforma Tributaria Estructural

La Reforma Tributaria Estructural

La Reforma Tributaria Estructural

La reducción del precio del barril de petróleo a nivel internacional y las consecuencias económicas, que aún se sienten, de la crisis mundial que inició en 2008 junto con otros factores internos (devaluación del peso colombiano) y externos, propiciaron una caída en los ingresos tributarios del Estado y la presentación de dos reformas tributarias conocidas: Ley 1607 de 2012 y 1739 de 2014, las cuales más que tratar los problemas del sistema fiscal nacional se centraron en asegurar la obtención de ingresos para el Gobierno Nacional, sin tener en cuenta una serie de problemas y necesidades que afectan al país.

Si bien las reformas tributarias ya mencionadas solo se centraron en mantener y asegurar las metas de recaudo nacional, es necesario señalar que la Ley 1739 de 2014 reconoció las dificultades existentes en el sistema económico y tributario nacional, estableciendo la creación de una Comisión de Expertos Ad Honórem para estudiar el sistema tributario, en los términos que expresó el artículo 44 de la citada ley. El Decreto 327 de 2015 definió la conformación de la Comisión de Expertos y dio un plazo máximo de diez (10) meses contados a partir de su creación, para que rindiera los correspondientes informes, producto del análisis que le fue encomendado y le exige la ley.

El informe presentado por la Comisión de Expertos no ha estado exento de recibir diversas críticas por parte de muchos sectores de la vida nacional, ya que si bien hizo un análisis intenso del sistema tributario, también plantea la necesidad de incrementar las tarifas de impuestos y gravar a determinados productos que hoy en día se encuentran excluidos, tema que se vuelve muy sensible en un país con altos índices de inequidad, desigualdad, poca redistribución del ingreso y un aparato burocrático extenso, ineficiente y permeado por la corrupción casi endémica del país.

A pesar de las críticas y evidente rechazo a varios puntos del informe, se debe hacer mención expresa a una serie de propuestas que por motivos de diversa índole, no han sido ampliamente debatidas ni anunciadas en los medios de comunicación, pero que reflejan la necesidad de implementar una adecuada reforma que se adapte las necesidades nacionales, uno de ellos es un cambio radical en cuanto al impuesto sobre la renta y complementarios, impuesto sobre la renta para la equidad – CREE y sobretasa al CREE, ya que estos tres tributos obligan a las empresas a llevar distintos sistemas para efectos de determinar las deducciones que son procedentes en cada uno, adicionalmente de constituir una tasa impositiva demasiado alta, inclusive a nivel de América y el resto del mundo.

Existe un planteamiento interesante relacionado con la implementación de un Impuesto Único a las Utilidades, el cual permitiría reducir en gran medida las confusiones que genera el actual impuesto de renta, establecer una serie de deducciones bien definidas y justificadas, lo cual puede fomentar la competitividad del sector empresarial colombiano y dar nuevas oportunidades de confianza para la inversión extranjera en Colombia. En cuanto al impuesto sobre las ventas (IVA), renta e impuesto nacional al consumo, se reconoce el flagelo que padece el país en cuanto a evasión fiscal, y manifiesta la necesidad de otorgar mayores herramientas a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para que pueda combatir de manera eficaz a quienes evaden sus responsabilidades en materia de impuestos.

Otra propuesta planteada por la Comisión es la relacionada con el sistema tributario a nivel territorial (departamental y municipal), en este punto se hace mención a la ineficiencia del sistema tributario y la excesiva dependencia en ciertas entidades territoriales, bien sea de tributos o de transferencias por parte del Gobierno Nacional, lo cual no fomenta la autonomía administrativa y priva de recursos a departamentos y municipios para la ejecución de las obras que se estimen necesarias en sus territorios, siendo necesario realizar acciones tendientes a mejorar la parte presupuestal de estas entidades y estudiar la posibilidad de suprimir tributos que poco o nada inciden en el recaudo (como el impuesto de degüello de ganado), y cuyo costo administrativo de cobro coactivo es más alto que el beneficio obtenido por el pago.

En palabras de la Comisión, uno de los tributos más injustos y poco eficientes es el de industria y comercio, ya que este grava los ingresos brutos totales obtenidos por el contribuyente sin tener en cuenta las posibles pérdidas o egresos incurridos por el ejercicio de la actividad económica, de manera que plantea modificar tal tributo en el sentido de que permita hacer deducciones, que conserven el nexo de causalidad con la actividad generadora de beneficios económicos; esto evidencia que si bien la Constitución y la ley reconocen la autonomía administrativa de las entidades territoriales, la fortaleza institucional de las mismas no es la más deseable y crea una alta dependencia de las rentas transferidas por el gobierno central.

El informe presentado reconoce la inequidad debido a una serie de exenciones en impuestos para diversos sectores de la economía, y que en muchos casos ya perdieron su razón de ser, como el régimen tributario especial del impuesto sobre la renta, que permite obtener abundantes beneficios fiscales y la creación de empresas que si bien son identificadas como fundaciones, permiten que sean usadas para omitir el pago de las obligaciones tributarias; a pesar de las diversas críticas a los resultados de la Comisión de Expertos, es necesario reseñar la existencia de importantes propuestas que pueden reformar adecuadamente el sistema fiscal nacional, y no que esta próxima reforma se convierta en una más de las transitorias que ha presentado el Gobierno en los últimos años.

 

Escrito por:

Doctor Manuel Andrés León Rojas

Especialista en derecho tributario

Universidad Externado de Colombia


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