LA CULTURA DE LA PREVENCI
Mediante la Ley 1562 del 11 de julio de 2012 que modificó el Sistema General de Riesgos Laborales, aprobada por el Congreso Nacional luego de tres proyectos de ley enfocados en la ampliación de la cobertura para trabajadores independientes e informales, el incremento del porcentaje de cotización, y las herramientas para fortalecer el control a las empresas, se reformaron también algunas funciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), antes conocidas como Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP). Aunque no se hacen grandes cambios frente al Sistema, si se define lo que es salud ocupacional y lo que se debe entender como seguridad y salud en el trabajo, así como enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Los lineamientos y disposiciones de dicha Ley fueron recopilados en el Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, modificado con posterioridad por los Decretos 1507 y 1528 del mismo año y más recientemente por el Decreto 171 de 2016, frente a la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Todos los aspectos tratados en esta normatividad, estuvieron orientados a la ampliación de la cobertura a aquellas personas vinculadas formalmente mediante contrato de prestación de servicios con duración superior a un mes, a los estudiantes que realizan prácticas, y a los trabajadores en ejercicio de la función sindical; de igual manera al pago sin dilación de las incapacidades temporales y aumento de su término de prescripción de 1 a 3 años, como al fortalecimiento del Sistema de Inspección Vigilancia y Control por parte del Ministerio de Trabajo a través de la creación de una Comisión Especial de Inspectores en Materia de Riesgos Laborales. Estos fueron elementos importantes para lograr avances en la materia, pues se encaminaron a promover la seguridad y salud en el trabajo con base en los principios generales de prevenir, eliminar o disminuir los riesgos y, en fortalecer la información, consulta, participación equilibrada y formación de los trabajadores.
Según cifras presentadas por el Ministerio de Trabajo las estadísticas de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales dan cuenta de un balance positivo debido al incremento del número de trabajadores que hacen parte de él, suma que en el año 2015 alcanzó 9 millones 656 mil 828 vinculados, 719 mil 897 personas más que las registradas en el año inmediatamente anterior, esperando que para el año 2018 se cumpla la meta de contar 10.743.000 afiliados al sistema. Este resultado favorable dicen, se ha evidenciado durante los últimos 5 años debido a los avances logrados en materia de formalización y garantías laborales, que redundan en el fortalecimiento de la cultura de prevención de riesgos y el mejoramiento de las condiciones de bienestar de trabajadores, empresas y comunidad en general.
A pesar del alentador reporte dado a conocer por el Ministerio de Trabajo, aún son muchas las personas que se encuentran al margen de la cobertura del sistema, bien sea por su precaria situación económica o por el hecho de la voluntariedad de su afiliación, pues en este último evento, se evidencia la falta de una verdadera y arraigada cultura preventiva, presente en otros países.
En materia de responsabilidad por prevención, las obligaciones radican en su gran mayoría en cabeza de los empresarios-empleadores, por cuanto son ellos quienes ponen en marcha, organizan y dirigen la actividad de la que se derivan los riesgos, razón por la cual deben garantizar ambientes laborales seguros para sus trabajadores; sin embargo, es preciso indicar que para fomentar una auténtica cultura preventiva, se requiere promover una mejora en la educación en todos los niveles, involucrando a la colectividad en su conjunto y generando conciencia de los impactos personales, familiares, laborales, sociales, ambientales y económicos que ella tiene.
Este hábito se crea desde la familia y el colegio, en el sentido que en el primer ámbito, el ejemplo es el factor determinante, es decir que todo lo que ocurre al interior de ella repercute a un nivel más amplio, trascendiendo su ambiente particular para influir en la sociedad en su conjunto; y en el segundo, a nivel escolar, debido a que los docentes como profesionales de la educación pueden contribuir de manera importante en el conocimiento y enseñanza de los riesgos presentes en tareas cotidianas que impliquen la adopción de comportamientos seguros, especialmente teniendo en cuenta que los niños y estudiantes de hoy serán los trabajadores del mañana.
Es importante que tanto trabajadores como empresarios y entes gubernamentales en general, entiendan que en el ámbito laboral, dicha cultura no se impone sino que es el fruto de los compromisos individuales asumidos por todos los integrantes de una organización en donde la comunicación es un factor determinante junto con el apoyo y liderazgo de la dirección, el acompañamiento de los supervisores y, por supuesto, la participación y colaboración de todos los trabajadores en cuanto asuman buenas prácticas, valores, actitudes y creencias orientadas a “hacer las cosas bien”.
Estas reflexiones permiten concluir que más allá del rol activo que desempeñan tanto el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Trabajo como autoridad de inspección, vigilancia y control en materia de cumplimiento de las garantías laborales, y la rama legislativa mediante la expedición de normas dirigidas de manera específica a la ampliación progresiva de la cobertura del sistema general de riesgos laborales, resulta ser de vital importancia la participación de todos los sujetos que lo conforman: organizaciones, empresarios, trabajadores, ARL, para que de forma conjunta y aunando energías se encarguen de implementar buenas prácticas y todas aquellas actividades que redunden en el mejoramiento de la calidad de vida de todos los asociados no con la idea de hacerlo por la coerción de evitar ser objeto de investigaciones, multas y sanciones, sino motivados por los beneficios resultantes de lo que se puede llamar en resumidas cuentas, la sostenibilidad del sistema, que no es entendido únicamente en relación con los aspectos económicos sino con el funcionamiento armónico y equilibrado de las fuerzas que lo componen.
Escrito por: Juliana Barón Bonilla - Especialista en derecho laboral y relaciones industriales


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