Nueva Reforma Tributaria del gobierno Iv

Por: Manuel León Rojas

Nueva Reforma Tributaria del gobierno Iv

 

Teniendo en cuenta las noticias que han circulado en los medios nacionales de comunicación, sobre la presentación de un Proyecto de Ley de reforma tributaria ante el Congreso de la República, y las declaraciones del Ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla1, en el sentido de afirmar la necesidad de plantear la reorganización de la entrega de subsidios por parte del Estado, y la amplicación de las personas que serían declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, es evidente que el país se enfrenta nuevamente a una coyuntura económica de bastante delicadeza.

 

Varias de las propuestas del Gobierno incluyen la reforma de los subsidios que se entregan en el ámbito pensional y de servicios públicos, ya que es de conocimiento público que el sistema de pensiones Colombiano no tiene un buen estado y son pocas las personas que están aportando al mismo, conforme a la cantidad de ingresos que tienen y con alguna regularidad a lo largo del año laboral; además, muchos de los impuestos que se pagan al Estado, pasan a subsidiar las pensiones de los jubilados, incluyendo aquellas que son muy altas y de las cuales gozan muy pocas personas, frente a la inmensa mayoría que apenas alcanza a recibir un salario mínimo.

 

Otro punto de bastante polémica ha sido la idea de reducir impuestos a las empresas y ampliar la base gravable de renta de las personas naturales, con el fin de promover la creación de sociedades en Colombia y no hacer tan gravosa la situación en materia fiscal para las personas jurídicas, ya que, según datos del Gobierno, en Colombia el ingreso per cápita se sitúa en $1.8 millones, y como el ingreso promedio de un ciudadano está en $2.2 millones de pesos2, a partir de estos rangos de ingresos es que las personas empezarían a declarar el impuesto de renta, ya que actualmente “las personas que tienen tres veces el ingreso promedio, declaran renta en ceros3”; además, es preciso indicar que en los países desarrollados la tendencia es que sean más las personas naturales quienes tributan y no las jurídicas, como sucede en Colombia, donde gran parte del recaudo depende de lo que paguen las sociedades como contribuyentes del impuesto de renta.

 

También se discuten propuestas en materia de exenciones y exclusiones del impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto de industria y comercio, ya que este último resulta ser bastante agresivo en materia fiscal con las empresas, teniendo en cuenta que las normas nacionales actualmente gravan la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios, incluyendo rendimientos financieros, obtenidos en el transcurso del año, y no permite efectuar descuentos en materia de gastos tal como sí lo plantea el impuesto de renta.

 

Aunque no se pretende hacer un análisis exhaustivo de las reformas que plantea el Gobierno en cabeza de Iván Duque y su Ministerio de Hacienda, se puede observar que se tratará de una serie de reformas bastante trascendentales en materia fiscal, que pueden significar un alto impacto en materia de recaudo a nivel nacional, y buscan reducir el déficit que se presenta en el presupuesto procurando cumplir con la regla fiscal que se plantean en las leyes, cuyo seguimiento suelen tener en cuenta las calificadoras de riesgo internacionales a la hora de otorgar la calificación crediticia al país.

 

Pese a la necesidad y urgencia de aplicar algunas de las propuestas que tiene el actual Gobierno de turno, se debe tener en cuenta que esta sería la segunda reforma tributaria que se implementa en menos de 4 años lo cual, aunque no es una sorpresa, sí refleja con preocupación la tendencia que muestran las administraciones de implementar constantes reformas tributarias para asegurar el recaudo a corto plazo, sin que se plantee una verdadera propuesta que modifique totalmente el sistema tributario nacional y establezca planes de trabajo gubernamental a largo plazo.

 

Una vez se conozca la propuesta definitiva que se presente ante el Congreso para su discusión, se sabrá el alcance de las medidas y si las mismas solo buscan una reforma parcial o total de las leyes tributarias nacionales, e inclusive del orden territorial, ya que la Ley 1819 de 2016, denominada de manera errónea “Reforma Tributaria Estructural”, demostró que solo se ocupó de algunos asuntos legales y los verdaderos problemas no fueron solucionados con la implementación de esta ley; además, se debe tener en cuenta que debido a las discusiones políticas, el proyecto que se presenta sufre bastantes modificaciones a la hora de pasar al debate definitivo, y en el camino pueden ser eliminadas bastantes propuestas que si bien, pueden ser excelentes, debido a temas políticos son eliminadas por congresistas que en muchas ocasiones, no tienen una idea general del funcionamiento de la economía y la necesidad de crear un sistema legal que le permita desarrollarse en debida forma.

 

Por lo tanto, será en el Congreso en donde se conozca cuál será el alcance de esta reforma y si la misma buscará reducir las brechas de inequidad y desigualdad que existen en Colombia, o si, tratándose de una buena propuesta, sufrirá modificaciones que reducirán su utilidad, por causa de congresistas que no quieren ver afectado el capital político que les permite llegar a la Rama Legislativa nacional y solo se preocupan por mantenerse allí; o también puede suceder, que solo se trate de una reforma temporal que procure asegurar el recaudo a corto plazo de este gobierno, sin que se solucionen los verdaderos problemas que aquejan al país.

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  1.  Recuperado del sitio: https://www.bluradio.com/nacion/gobierno-replanteara-distribucion-de-subsidios-pensionales-y-de-servicios-publicos-187469-ie435 el 16 de agosto de 2018.
  2.  Recuperado del sitio: https://www.radionacional.co/noticia/actualidad/asi-seran-las-reformas-economicas-anunciadas-gobierno-duque el 17 de agosto de 2018.
  3.  Ibíd.

 

Manuel Andrés León Rojas

Abogado especialista en derecho tributario
Universidad Externado de Colombia

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Comentarios


Vicente Amaya Mantilla October 11th, 2018

Una cosa es que más personas sean vinculadas a la tributación y otra que se incremente el número de obligados a presentar declaración de renta, siendo esto último inconveniente en grado sumo por la complejidad del manejo de la información por parte del Estado como el control y fiscalización de multitud de pequeños contribuyentes y su alto costo, para no hablar de las dificultades que para multitud de personas entraña la elaboración de las complejas declaraciones tributarias, cuando lo racional es disminuir el número de declarantes y sustituir su deber de declarar por la aplicación de una retención del impuesto que se constituya en el tributo definitivo a su cargo. La experiencia ha demostrado que al autorizar declarar e imputar al impuesto declarado el valor retenido, ha devenido en el incremento de solicitantes de devolución de saldos a favor, lo cual se evitaría si no pudiesen declarar y la retención constituyera todo el tributo que pudiera exigírseles. No obstante, esta medida debería estar precedida de un estudio serio, ojalá adelantado por la academia y las universidades más importantes del país, e incluso instituciones foráneas de reconocido mérito científico, para determinar con la mayor objetividad y precisión posible las tasas de dicha retención, a fin de que se respete el principio de capacidad contributiva de los sujetos pasivos del impuesto y el impuesto así determinado a su cargo sea justo y equitativo como lo exige la Constitución Política..

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