Medidas De Emergencia En Materia Inmobiliaria En Colombia

Opinión

Medidas De Emergencia En Materia Inmobiliaria En Colombia

Medidas De Emergencia En Materia Inmobiliaria En Colombia

En días pasados el Gobierno, hizo un pronunciamiento importante con el objetivo claro de mitigar los efectos derivados de la emergencia que atraviesa el país, las nuevas medidas se verán reflejadas en aspectos como vivienda y locales comerciales arrendados por MIPYMES.

El primer tema que es clave de destacar es que “se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento (así los contratos lo estipulen), desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia” esto conforme lo expreso el Ministro de Vivienda en su alocución.

Pero es importante aclarar que en ningún momento se habla de NO PAGO, en todos los casos el arrendatario deberá dar cumplimiento a sus obligaciones y, si es el caso, llegar a acuerdos de pago, con el arrendador.

Se prorroga la vigencia de los contratos, lo que quiere decir que aquellos que finalizaban durante el tiempo de la emergencia se entienden prorrogados durante la emergencia, salvo si hay acuerdos entre las partes. Además, cuando se llegue a acuerdos privados de pago, estos estarán desprovistos de penalidad y no se cobrarán intereses de mora.

Otros de los temas para resaltar en actividades como las copropiedades

Se da luz verde para que se habilite el uso del fondo de imprevistos de las copropiedades durante la emergencia, prioritariamente para el mantenimiento de los contratos de trabajo del personal, y otros contratos relacionados con los bienes comunes.

En lo relacionado con las asambleas ordinarias se podrán realizar de forma virtual o se tendrán que aplazar hasta después de la emergencia, sin que esto implique la imposición de sanciones por inasistencia.

Esta medida se suma a otras implementadas desde el momento en que comenzó la emergencia, unas relacionadas con la reconexión de los servicios de agua y energía; otras en línea con la necesidad de los colombianos afectados por la emergencia de refinanciar los créditos hipotecarios; o el periodo de gracia de hasta seis meses a los afiliados del Fondo Nacional del Ahorro (FNA) con inconvenientes para honrar sus obligaciones hipotecarias. Por último, la más reciente, que blinda a los beneficiarios de los subsidios de vivienda para que no pierdan los beneficios por las renegociaciones durante la emergencia.

Así se estará atendiendo a favor de las familias colombianas afectadas por la emergencia, los aspectos más relevantes en materia de vivienda.

Lidya Mabel Castillo Sanabria
Abogada de la Universidad de la Sabana
MBA - EUDE (Madrid), Master en Abogacia Internacional - ISDE (Barcelona)
Abogada especializada en temas de vivienda, inmobiliarios y bancarios


Compartir

Comentarios


Jimmy Castro April 26th, 2020

En el caso del FNA Se estaban quedando muy cortos con las ayudas para los afilidados, tanto así que las "ayudas" que ofrecían eran las mismas a las que acceden cuando las personas que quedan sin trabajo por medio de los seguros que tienen los créditos. No fue sino hasta el 23 abril que por fin decidieron ampliar la verdadera ayuda con los alivios a las familias y personas asociadas al fondo bit.ly/2xLE07b

Escribe un comentario