El derecho a obtener un t

Escrito por: Lic. María Elizabeth Aguilar Romero Abogada y Notaria Pública - Especialista en Derecho Tributario y Derecho Civil

El derecho a obtener un t

Hoy en la mañana, mientras tomaba una taza de café, fui etiquetada por un amigo, en una Publicación de la Licenciada Verónica Chávez de 100% Noticias, que se leía “CONSEJO DE UNIVERSIDADES PRIVADAS EN DESACUERDO CON LA CONTRALORÍA”, dicho reportaje decía que el  Consejo Superior de Universidades Privadas (COSUP) estaba en desacuerdo con la disposición de la Contraloría General de la República que indicó a las instituciones educativas emitir una normativa de aranceles de títulos universitarios. 

El tema es interesante puesto que en ese momento no pude dar mi opinión, pero a petición les explico un poco, sucedió que a oídos de varios diputados surgió un tema tabú que nadie había podido romper el silencio, como es el cobro excesivo de los títulos de titulación de la Universidades Privadas de Nicaragua, pues aquí hablando entre nos, estudié en una universidad Pública y el costo de mi título fue Ochocientos cincuenta córdobas, sin embargo, para universidades como la UPOLI que forma parte del CNU se presentó el caso que ellos reciben dinero del 6% del presupuesto de la República de Nicaragua, en donde años muchos de los estudiantes universitarios tuvieron una lucha con el mismo gobierno para que se reivindicará tal derecho, pero para que ocurriera eso, se tuvo que perder muchas vidas de jóvenes, como no acordarme de Roberto González, estudiante de Derecho de la UNAN Managua. Se reivindicó el derecho, pero siempre es un tema, de que hay universidades que reciben el 6% por ciento, pero que hacen con esta plata, se supone que es para beneficiar la educación superior de nuestro país y ayudar de esta manera a que muchos jóvenes reciban una educación de calidad, el debate nace porque Universidades como UPOLI y UCA supuestamente realizan cobros excesivos en sus formas de titulación, además de las universidades que forman parte del COSUP. 

Se presentaba la problemática que hay jóvenes que culminan la carrera y que se les indicaba de qué forma iban a culminarla, el monto a pagar y luego de eso se tenía que pagar el título, lo que  sobresalía pues cobros excesivos generando un sinnúmero de Jóvenes que laboran sin tener el Título por carecer de recursos para cancelar los onerosos cobros de Titulación que realizan las Universidades Privadas en Nicaragua. 

En el Blog de Consulta de Interés se lee un comentario del Licenciado George Antonio Lazo Sánchez, que dice: 

“Es tanto el afán por dinero que tienen muchas instituciones, que incluso, universidades que reciben el 6% Constitucional del Presupuesto de la República de Nicaragua para subvencionar los aranceles de alumnos, tienen el descaro de cobrarles a los beneficiados (los estudiantes) en concepto de Cursos y/o Seminarios de Titulación, Examen de Grado e incluso Monografías. 

La Universidad Politécnica de Nicaragua (UPOLI) es un ejemplo de éstas prácticas, pues los estudiantes (inclusive los de la parte pública - subvencionados por 6%) deben cancelar entre no menos de USD$ 500.00 y USD$ 700.00 para tener acceso a cualquiera de las modalidades de titulación (Curso, Seminario, Examen de Grado o Monografía), siendo a mi parecer un cobro injusto para los estudiantes -de la parte pública- pues:

1- Para eso el Estado les destina una partida presupuestaria

2- Usualmente son estudiantes de escasos recursos

3- Todavía deben pagar el valor del Título (pues una cosa es la Modalidad y la otra es pagar el Título)” 

Fue así que el 30 de Enero del Año 2013, los Diputados Mario Valle, José Antonio Zepeda y Walmaro Gutiérrez, presenta a primera secretaría una Iniciativa de Ley denominada “Derecho al Acceso de titulación Universitaria”. En la Exposición de Motivos de la Ley se lee que dicha iniciativa se fundamenta en el artículo 116 y 125 de Nuestra Constitución Política de Nicaragua, y artículo 92 de la Ley General de Educación, indicando que la educación es un factor fundamental para la transformación y desarrollo del individuo y la sociedad, por lo cual no se deben colocar barreras económicas para alcanzar los objetivos y metas personales. 

El derecho a una educación integral, también se encuentra estipulado como un derecho humano, y las universidades públicas y privadas gozan de privilegios al estar exento de pagos de impuestos y contribuciones fiscales, ya que son creadas por la Ley de Personas Jurídicas de Nicaragua, en todo caso son ONG que gozan de esos atributos fiscales por lo que no justificaba el exceso de los cobros para alcanzar la culminación de los estudios a través de obtener  un título universitario correspondiente. Y que el derecho de Educación es un derecho humano y por ende no debe de ser tratado como mercancía y que el estado debe garantizar el acceso a la misma y por ende la iniciativa tenía como objetivo garantizar ese derecho de que se le extienda el título universitario a que se le extienda el título universitario. 

La iniciativa constaba de siete artículos donde obligaba a que todas las universidades tanto públicas, privadas y subvencionadas, debía indicar al estudiante cuanto debía pagar en toda su carrera, asimismo ellos podían elegir libremente de qué forma iba a defender su carrera y obligaba en sí a que el arancel de los trabajos, cursos o seminarios de titulación no debían de exceder el equivalente de seis meses de mensualidades pagadas durante los correspondientes estudiantes universitarios, además de que no se podía obligar al estudiante a subir a graduación y que la iniciativa acogía a todos aquellos estudiantes que ya habían egresados con anterioridad. 

Esto significó una debate entre los diferentes rectores de la Universidades del País, por lo que solicitaron reunirse con el COSEP y fue el 3 de Junio del Año 2013 en donde el Ing. Telémaco Talavera Indicaba que todas las universidades habían firmado un acuerdo. 

Contenidos del Acuerdo:

  • Las Universidades tendrían que transparentar la información del valor de sus mensualidades o aranceles de títulos, para que el estudiante sepa desde que comienza a estudiar, cuánto deberá gastar en su educación. 

  • El estudiante tendrá la opción de escoger la modalidad que desee para obtener su título, ya sea módulos de titulación, examen de grados o monografías, igualmente transparencia amplia de los aranceles y reducción de hasta el 50 por ciento de los costos de tramitación de títulos, según sea el caso.

  • Se crea una Comisión Disciplinaria, de cara a dar seguimiento al compromiso pactado por los rectores y de esa forma ninguna universidad violentará el acuerdo. 

  • Con la firma de este acuerdo, la iniciativa ley dirigida a establecer un monto específico para el cobro de aranceles dejará de ser tramitada en la Asamblea Nacional, pues la misma ya no tiene razón de ser, dado la voluntad expresada por los rectores universitarios. 

Han pasado casi tres años donde se había indicado que se iba a publicar a más tardar el 15 de julio del 2013, todo lo que tenía que ver con los aranceles de matrícula, forma de graduación, costos de títulos. 

El debate nace porque si bien es cierto que en ese momento se llevó a un consenso, el COSUP solicita un informe de las 240 denuncias que por todos estos años se han recibido en la asamblea nacional por los altos costos de titulación. Pero hay que ver que siendo que la Universidades Privadas nacen por medio de la Ley No. 147 “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, y luego se inscriben al CNU; la ley No. 89 “LEY DE AUTONOMÍA DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR” no obligan a las Universidades a que presenten tales precios, ya que ellas tiene un carácter de autonomía y la misma ley indica en su artículo 9 que la autonomía les da la potestad de gozar de patrimonio propio, sin embargo muchas de estas universidades no reciben el 6% de parte del Presupuesto de la República, por lo que deben pagar energía eléctrica, agua, y todo lo concerniente a su gastos. 

Es decir en la Ley existe un vació en donde el CNU no puede obligar a las Universidades a que publiquen sus precios de titulación, y es que al parecer en el acuerdo la CGR está obligándolos debido a ese acuerdo firmado, pero un acuerdo simple no modifica las Leyes. Y si bien es cierto que muchos jóvenes necesitan que los precios de titulación bajen de precio, hay que ver a que costo están dispuesto a asumir los socios fundadores de la Universidades Privadas, he allí donde el COSUP se encuentra opinando que a la fuerza ni los zapatos entran. 

En espera de que siga el debate la opinión jurídica es ver si un acuerdo puede más que una Ley.

Escrito por:

Lic. María Elizabeth Aguilar Romero  

Abogada y Notaria Pública
Especialista en Derecho Tributario  y Derecho Civil  
NICARAGUA


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